Desde el 4 de abril hasta el 2 de julio se prolonga el plazo para pedir el borrador rendir cuentas con Hacienda
El 10 de mayo arranca el plazo para la presentación en oficinas del IRPF

15 de marzo de 2018: ya se puede descargar la nueva app para presentar la renta, disponible en las tiendas de Google Play y Apple Store para los móviles Android y iPhone. Desde ella se podrá confirmar el borrador y solicitar números de referencia.
A partir del 3 de abril: Si el contribuyente quiere que sea la Agencia Tributaria quien le llame para la presentación de su declaración de la Renta, tendrá que concertar cita previamente (plan «le llamamos), por internet o en los siguientes números: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71.
Desde el 4 abril de 2018: El 4 de abril comienza el plazo para la presentación exclusivamente por internet del borrador de renta y de las declaraciones de Renta 2017 y Patrimonio 2017. Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2017.
Desde el 2 de mayo: Presentación en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2017: D-100. Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio.
8 de mayo: A partir del 8 de mayo el contribuyente puede pedir cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para que le confeccione su declaración de Renta 2017
10 de mayo: empieza la atención a los contribuyentes en las oficinas.
Hasta el 27 de junio: Fecha límite para declaraciones de renta y patrimonio 2017 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
29 de junio: Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas.
Hasta el 2 de julio: Declaración anual Renta y Patrimonio 2017 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar con domiciliación del primer plazo: modelos D-100, D-714. Ese día también finaliza el plazo para el régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes para trabajadores desplazados 2017.
¿Cómo obtener el borrador?
Desde el 4 de abril, los contribuyentes podrán obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración del IRPF en la sede electrónica de la Agencia Tributaria a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (RentaWEB). Para ello será necesario usar alguno de los sistemas de identificación: certificado electrónico reconocido, Cl@ve PIN o con el número de referencia. Para obtener del Número de referencia, los contribuyentes deberán comunicar su número de identificación fiscal (NIF), el importe de la casilla 450 de la declaración del ejercicio 2016 [Base liquidable general sometida a gravamen] y, este año, como novedad, deberá comunicarse la fecha de caducidad de su DNI.
Entre las novedades, desde el 15 de marzo se puede descargar la ‘app’ que la Agencia Tributaria (AEAT) que permite acceder y descargar datos fiscalespara preparar el borrador. También se podrá confirmar el borrador desde esa app.
Algunas novedades:
Presentación por internet y nueva app. En la renta 2016 ya desapareció el programa Padre. Fue sustituido por Renta Web, que continúa este año para todos los contribuyentes, independientemente del tipo de renta (trabajo, capital o actividades económicas). La gran novedad de esta campaña es la nueva aplicación de Hacienda con la que se podrá enviar el borrador de rentas sencillas, se podrá pedir datos… Se pone en marcha el 15 de marzo.
Anexo C: el modelo de declaración de la renta un nuevo anexo C para recopilar toda la información con trascendencia en ejercicios futuros que hasta ahora se recogía en distintos apartados del modelo de declaración.
Derechos de suscripción preferente: desde el 1 de enero de 2017 el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de empresas cotizadas tendrá la consideración de ganancia patrimonial para el transmitente.
Becas: a partir de 1 de enero de 2018, se aumentan los importes exentos de las becas:
– Con carácter general, 6.000 euros anuales.
– Cuando la dotación económica es para compensar gastos de transporte y alojamiento para la realización de estudios reglados del sistema educativo (hasta el nivel de máster), 18.000 euros anuales.
– Estudios en el extranjero, 21.000 euros anuales.
– Estudios de doctorado, hasta un importe máximo de 21.000 euros anuales si se cursan en España. Si se efectúan en el extranjero, hasta un importe máximo de 24.600 euros anuales.
Vales de comida: se eleva la cuantía diaria exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor, esto es, los vales-comidas o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago. El importe diario exento sube de 9 euros a 11 euros diarios.